Esta decisión es injusta,
ilegal, es un grave abuso del derecho de la Empresa y afecta a todos los trabajadores de RTA.
Es injusta porque es
claro que no se puede castigar a quien es víctima de un delito sin violar la
conexión lógica que debe existir entre falta y sanción, mas aun si la cámara
estaba bajo la responsabilidad de la seguridad de la empresa hotelera.
Es ilegal porque el
artículo 5.6.- del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa 222/97 E, para
prensa de Canal 7, establece textualmente que “las situaciones de suspensión
... deberán ser debidamente comprobadas y documentadas, instruyéndose
necesariamente una actuación administrativa, dándose al afectado oportunidad de
descargo previo a toda sanción”, y en este caso todo lo que se substanció fue
un pedido de informe a los Compañeros, donde se comprobó y documentó la
inexistencia de falta alguna de su parte, y se les comunica la sanción sin
otorgársele el debido derecho a defenderse luego de la imputación de la
inexistente “falta grave” que ni siquiera se describe en la comunicación de la
sanción.
Es abusiva porque, aun en
el caso de que se considerase que existe algún tipo de falta, esta jamás se
puede considerar grave porque la seguridad de los bienes de la empresa de uso
de los trabajadores no puede llegar a cargarles la responsabilidad objetiva por
el delito que comete un tercero.
Afecta a todos los
trabajadores de RTA porque si así fuera debiera la Empresa proveer adicionalmente
a la seguridad de esos bienes con personal especializado, un periodista o un
trabajador de televisión son eso y no vigilantes, por este camino se nos
termina imponiendo ante las situaciones de riesgo, a las que estamos sometidos
todos los días, a elegir entre la vida y el empleo, lo que demuestra el
disparate en que incurren quienes decidieron las suspensiones.
Por esto la Asamblea de Prensa de
Canal 7 ha
resuelto exigir que se deje sin efecto la suspensión aplicada.
Luego de numerosas
pedidos de diálogo por parte de los trabajadores, dos audiencias en el
Ministerio de Trabajo, y ante la intransigencia de la empresa de continuar con
las sanciones, la Asamblea
decide por unanimidad:
Medidas de acción directa
por 24hs. que implican retención de tareas sorpresiva y otras medidas de
protesta, que serán comunicadas por la Comisión Interna.
Mañana Viernes 15/03 a las 15hs en una nueva Asamblea analizaremos la
continuidad del plan de lucha.
Por último, los
trabajadores aclaramos que cualquier perjuicio sobre la pantalla de la TV Pública será
responsabilidad directa de las autoridades del Canal por el conflicto creado.
Asamblea de Trabajadores de Prensa de Canal 7
Buenos Aires, 14 de marzo de 2013
Buenos Aires, 14 de marzo de 2013
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