Los camaristas Alvaro Ballestrini y Roberto Pompa desestimaron –en una sentencia notificada esta mañana- la apelación presentada por la UTPBA al fallo que el Juzgado Nacional del Trabajo Nro. 63 había dictado, el año pasado, a favor de las trabajadoras y trabajadores de Télam. El mismo tribunal ya se había pronunciado, en idéntico sentido, desechando las objeciones al proceso electoral que había planteado SITRAPREN.
De este modo, la Justicia insiste con un criterio conocido hace 140 años en la vida sindical argentina y que fue ignorado desde noviembre pasado por el Directorio de Télam: que los trabajadores tienen el derecho de organizarse en forma libre y democrática, sin interferencias de sindicatos, sean propios o ajenos, ni del Ministerio de Trabajo ni de las patronales.
337 trabajadores de Télam eligieron democráticamente a sus delegados el 25 de noviembre de 2014. Desde entonces el Directorio de Télam defiende la ilegalidad.
El mismo hecho que la Justicia ha reconocido como un derecho esencial de la vida democrática de cualquier trabajador; en la singular visión del Directorio de Télam se trata, sin embargo, de una razón para denunciar a sus propios trabajadores.
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